Pólizas y/o amparos
Seriedad de Oferta:
La deben presentar los proponentes en la etapa de selección. El
riesgo cubierto es el valor de los perjuicios que cause el contratista a la
entidad con la no suscripción del contrato dentro de las condiciones
y términos previstos en el pliego de condiciones.

Cumplimiento
del Contrato:
Cubre a la entidad contratante por los perjuicios derivados del
incumplimiento de las obligaciones del afianzado y que tienen su
fuente en el contrato.

Buen manejo del anticipo:
Cubre a la entidad contratante contra el uso o apropiación
indebida que el contratista haga de los dineros o bienes que se le
hayan entregado en forma anticipada para la ejecución del
contrato.

Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones:
En virtud de la solidaridad laboral entre el contratante y el contratista
por las obligaciones de naturaleza laboral con los trabajadores
del contratista; este amparo cubre el pago de los salarios, prestaciones
sociales e indemnizaciones de estos trabajadores.

Estabilidad de Obra:
Se exige en los contratos de ejecución de obras de construcción
y garantiza el arreglo o reconstrucción de las obras en caso
de
presentarse deterioros o daños que les ocurran luego de ser
recibidas por el contratante.

Calidad del bien o servicio y Correcto
funcionamiento de los equipos:
Se exigen en los contratos de suministro de bienes o de prestación
de servicios para garantizar la calidad de los bienes o del servicio, ó el
correcto funcionamiento de los equipos.

Cumplimiento de Disposiciones Legales:
Son garantías que tienen por objeto cubrir el pago de obligaciones
dinerarias o garantizar el objeto de una disposición legal (leyes,
decretos, ordenanzas, acuerdos, resoluciones, etc.). La mayoría de ellas
están contenidas en el Estatuto Aduanero o el Estatuto Tributario.
Pólizas de Caución Judicial:
Se usan para prestar caución ante las entidades que administran
justicia en el curso de un proceso judicial, para garantizar lo dispuesto
en una norma jurídica que contiene la caución.

Pólizas de responsabilidad civil extracontractual:
Cubren las indemnizaciones por los perjuicios patrimoniales que
cause el asegurado a bienes o personas durante la ejecución
de un contrato, con motivo de determinada responsabilidad en que
incurra, y tiene como propósito el resarcimiento de la víctima,
la cual, en tal virtud, se constituye en el beneficiario de la indemnización.

Deseo solicitar más información sobre este producto 