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Pólizas y/o amparos

Seriedad de Oferta:
La deben presentar los proponentes en la etapa de selección. El
riesgo cubierto es el valor de los perjuicios que cause el contratista a la entidad con la no suscripción del contrato dentro de las condiciones y términos previstos en el pliego de condiciones.

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Cumplimiento del Contrato:
Cubre a la entidad contratante por los perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones del afianzado y que tienen su fuente en el contrato.

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Buen manejo del anticipo:
Cubre a la entidad contratante contra el uso o apropiación indebida que el contratista haga de los dineros o bienes que se le hayan entregado en forma anticipada para la ejecución del contrato.

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Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones:
En virtud de la solidaridad laboral entre el contratante y el contratista por las obligaciones de naturaleza laboral con los trabajadores del contratista; este amparo cubre el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de estos trabajadores.

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Estabilidad de Obra:
Se exige en los contratos de ejecución de obras de construcción
y garantiza el arreglo o reconstrucción de las obras en caso de
presentarse deterioros o daños que les ocurran luego de ser recibidas por el contratante.

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Calidad del bien o servicio y Correcto funcionamiento de los equipos:
Se exigen en los contratos de suministro de bienes o de prestación de servicios para garantizar la calidad de los bienes o del servicio, ó el correcto funcionamiento de los equipos.

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Cumplimiento de Disposiciones Legales:
Son garantías que tienen por objeto cubrir el pago de obligaciones
dinerarias o garantizar el objeto de una disposición legal (leyes,
decretos, ordenanzas, acuerdos, resoluciones, etc.). La mayoría de ellas están contenidas en el Estatuto Aduanero o el Estatuto Tributario.

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Pólizas de Caución Judicial:
Se usan para prestar caución ante las entidades que administran
justicia en el curso de un proceso judicial, para garantizar lo dispuesto en una norma jurídica que contiene la caución.

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Pólizas de responsabilidad civil extracontractual:
Cubren las indemnizaciones por los perjuicios patrimoniales que
cause el asegurado a bienes o personas durante la ejecución de un contrato, con motivo de determinada responsabilidad en que incurra, y tiene como propósito el resarcimiento de la víctima, la cual, en tal virtud, se constituye en el beneficiario de la indemnización.

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