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Soat
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Preguntas frecuentes

¿Quiénes deben tener SOAT?
R. Todos los vehículos automotores que transiten por el territorio nacional, sean particulares o de servicio público, sin importar el modelo.

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¿Quién es víctima?
R. Cualquier persona que en calidad de peatón, conductor o pasajero resulte afectada en su integridad física a consecuencia de un accidente de tránsito.

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¿Qué se considera accidente de tránsito?
R. Hecho ocasionado por un vehículo automotor en tránsito en vía pública ó privada con acceso al público.

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¿Cómo opera el SOAT?
R. El SOAT opera de forma automática. En caso de accidente de tránsito la víctima tiene derecho a ser atendida en forma inmediata e integral por los hospitales o clínicas públicas y/o privadas, quienes le prestarán servicio de atención médica, farmacéutica y hospitalaria cuya cuenta de cobro será tramitada directamente por la entidad ante la Compañía Aseguradora. Los trámites para indemnización y muerte deben realizarse directamente en la Aseguradora.

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¿Qué y hasta donde cubre el SOAT?
R. El SOAT opera bajo los siguientes amparos y coberturas:

  • Gastos Médicos 500 SMDLV *
  • Incapacidad 180 SMDLV
  • Muerte 600 SMDLV
  • Gastos Funerarios 150 SMDLV
  • Gastos Transporte 10 SMDLV

*SMDLV: Salarios mínimos diarios legales vigentes.

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